Carta Iberoamericana del Deporte.doc
Introducción
La II Asamblea General Ordinaria del Consejo Iberoamericano del Deporte, reunida en Santiago de Chile, los días 10 al 12 de enero de 1996:
CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE
- Que es una facultad de la Asamblea general del CID aprobar y modificar la "Carta Iberoamericana del Deporte"
- Que el deporte constituye una actividad social y cultural basada en una libre elección, que estimula las relaciones entre los países y ciudadanos de Iberoamérica y que desempeña un rol fundamental en el hecho de reforzar los lazos entre los pueblos y desarrollar la conciencia de una actividad cultural Iberoamericana.
- La urgente necesidad de salvaguardar las normas éticas y morales del deporte desterrando el dopaje, la violencia y los excesos de los espectadores con motivo de manifestaciones deportivas.
- La convivencia de adoptar un marco Iberoamericano común para el desarrollo del deporte basado en los principios de una democracia pluralista, dentro de un estado de derecho, que respete la declaración universal de derechos humanos.
- La convicción de que el deporte debe constituirse en un bien social puesto al servicio de todas las personas, en igualdad de condiciones y como una contribución práctica a su crecimiento físico y espiritual.
- La estrecha relación que existe entre un ambiente sano y las actividades deportivas. La necesidad de tener en cuenta las consideraciones relativas al respeto del medio ambiente y el principio del desarrollo sostenible del deporte.
Y TENIENDO PRESENTE:
- La declaración de Santiago de Chile sobre Educación Física, Deporte y Recreación de Julio 1991.
- Los acuerdos de la Primera Conferencia Americana de Organismos Gubernamentales, efectuada en Buenos Aires en Noviembre de 1991.
- Los acuerdos de la Segunda Reunión Americana de altos funcionarios gubernamentales deportivos, realizada en ciudad de Guatemala en Octubre de 1992.-
- Las recomendaciones del Seminario "El Modelo Deportivo Español: algunas ideas para Iberoamérica" realizado en Santa Cruz de la Sierra en Diciembre de 1992.-
- Las recomendaciones de la VIII reunión del CIGEPS (Comité Intergubernamental para la Educación Física y el Deporte de la UNESCO) realizada en Paipa, Colombia, en Diciembre de 1992.
- La Declaración de la Conferencia Iberoamericana de Organismos Gubernamentales del Deporte celebrada en Ciudad de México en marzo de 1993
-Los acuerdos de la Asamblea General Constitutiva del Consejo Iberoamericano del Deporte celebrada en Uruguay en agosto de 1994
ACUERDA APROBAR LA SIGUIENTE:
CARTA IBEROAMERICANA DEL DEPORTE
ARTICULO Nº1 (Subir)
OBJETIVO DE LA CARTA
Los Gobiernos, con el propósito de fomentar y difundir el deporte como factor fundamental del desarrollo integral del ser humano para promover una conciencia deportiva iberoamericana, que genere una cultura deportiva, que haga del deporte un bien social y un hábito de vida, implementarán las acciones necesarias para materializar y llevar a cabo las siguientes disposiciones, que se consideran constitutivas de la presente carta.
Contribuir para que todos los sectores de la población tenga acceso a los beneficios de la práctica de la educación física, el deporte y la recreación:
- Garantizando a todos los niños y jóvenes la participación en planes y programas de educación física, deporte y recreación que desarrollen sus potencialidades físicas, morales, éticas e intelectuales.
- Asegurando a todos la posibilidad de que practiquen el deporte y actividades físicas y recreativas, en un medio ambiente seguro y sano.
- Desarrollando con la cooperación de organismos deportivos, programas prioritarios que favorezcan a niños y jóvenes, la mujer, la tercera edad, los discapacitados, los campesinos, los trabajadores y los pueblos indígenas.
- Asegurando a todo deportista que posea condiciones para el alto rendimiento, la posibilidad de mejorar su capacidad competitiva y representar a su país en el concierto internacional.
Proteger y salvaguardar las bases morales y éticas del deporte así como la dignidad humana y la seguridad de los que participan en actividades deportivas. Velar por la prevención del uso de sustancias prohibidas, esto dentro del concepto de educación permanente.
- Desarrollando un código de ética deportiva.
- Creando en cada estado los mecanismos legales para establecer los controles de dopaje y utilizando sus propios sistemas de prevención y sanción.
Respetar las condiciones geopolíticas y ambientales de los países miembros bajo los principios de solidaridad y dignidad nacional.
ARTICULO Nº 2 (Subir)
DEFINICION DEL DEPORTE
Se entenderá por "Deporte" todo tipo de actividad física que, mediante una participación organizada, tenga por finalidad preservar y mejorar la salud física y mental, el desarrollo social, ético e intelectual con el logro de resultados en competiciones.
ARTICULO Nº3 (Subir)
FINANCIAMIENTO
Se deberán generar sistemas de financiamiento y administración eficientes y estables, que permitan desarrollar políticas y programas que contribuyan al objetivo común de hacer del deporte un derecho de todos.
El apoyo económico puede tener una base mixta, de carácter público y privado, además de la capacidad propia del sector deportivo para generar recursos económicos que permitan su desarrollo.
ARTICULO Nº4 (Subir)
ORGANIZACIONES DEPORTIVAS GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES
Para la realización de los objetivos de la presente carta es esencial una estrecha relación entre las organizaciones deportivas gubernamentales y no gubernamentales.
La aplicación de las diversas disposiciones de la presente carta puede confiarse a organismos o entidades deportivas gubernamentales y no gubernamentales.
ARTICULO Nº5 (Subir)
CREACION DE LA BASE
Se garantizará la participación en actividades deportivas y el acceso a las instalaciones deportivas, sin ninguna distinción de sexo, raza, color, lengua, religión, opinión política o cualquier otra situación.
Se velará por que todos los niños y jóvenes se beneficien a través de programas de deportes formativos y de actividades recreativas y de educación física, en instalaciones deportivas adecuadas.
Se asegurará la formación de profesores especialistas calificados y perfeccionamiento, para atender las necesidades del sector.
Se desarrollarán programas para la Formación y Perfeccionamiento de Dirigentes, Líderes Deportivos, Técnicos, Jueces y Arbitros, que garanticen el funcionamiento adecuado de la actividad deportiva.
Se desarrollaran acciones especiales para que, a partir de los niveles de base, se impartan normas de ética deportiva y se promueva la práctica del juego limpio.
ARTICULO Nº6 (Subir)
DESARROLLO DE LA PARTICIPACION
Será prioritario promover y fomentar la práctica de actividades deportivas, sean estas de carácter formativo y recreativo, o de alto rendimiento, entre todos los grupos poblacionales, poniendo a disposición de ellos las instalaciones adecuadas, programas diversificados y recursos humanos calificados.
Se impulsará la implementación de programas de participación deportiva en Centros Laborales, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida.
ARTICULO Nº7 (Subir)
ELEVAR EL NIVEL DE LOS RESULTADOS
Se apoyará e impulsará la práctica del deporte a niveles más avanzados mediante medios científicos y tecnológicos en colaboración con los organismos competentes.
Desarrollar programas especiales para detección y promoción de talentos deportivos.
Apoyar la formación de Centros de Talentos Deportivos, utilizando las ciencias aplicadas al deporte, para desarrollar planes de entrenamiento con base científica.
Desarrollar formas de cooperación internacional en orden a promover vías de cooperación técnica y coordinación deportiva.
ARTICULO Nº8 (Subir)
APOYO AL DEPORTE DE ALTA COMPETENCIA.
Es tarea ineludible elaborar, en cooperación con los organismos deportivos pertinentes, métodos para conceder una ayuda adecuada directa o indirecta para los deportistas de alto nivel, a fin de apoyarlos para desarrollar todo el potencial de sus capacidades deportivas y humanas, respetando plenamente sus derechos como persona, su integridad física y moral.
Se deberá promover la gestión del deporte organizado, mediante estructuras adecuadas que permita a los deportistas de Alto Rendimiento insertarse en la sociedad, mediante el desarrollo de perspectivas laborales y otras, durante y después de su protagonismo en el Deporte de Alto Nivel, procurando contar, con un sistema de previsión que les permita desarrollarse con tranquilidad y seguridad una vez que abandonen la práctica activa del deporte.
ARTICULO Nº9 (Subir)
CAPACITACION DE RECURSOS HUMANOS
Se fomentará la capacitación, formación y actualización de los recursos humanos, que cubran todos los aspectos de la actividad deportiva, en relación con las necesidades y niveles de la educación física, el deporte y la recreación.
ARTICULO Nº10 (Subir)
DESARROLLO SOSTENIBLE DEL DEPORTE
Se debe defender o asegurar el desarrollo sostenible del deporte en las futuras generaciones, por lo cual se requiere que las actividades físicas, se adapten a los recursos limitados del planeta y que se realicen conforme a los principios de una gestión equilibrada del medio ambiente y para ello se debe:
- Tener presente los valores de la naturaleza y del medio ambiente en el momento de planificar y construir instalaciones deportivas.
- Apoyar y estimular a las organizaciones deportivas en sus esfuerzos para conservar la naturaleza y el medio ambiente.
- Velar por que la población tome mayor conciencia de las relaciones entre el deporte y su desarrollo sostenible y aprenda a conocer y valorar mejor la naturaleza.
ARTICULO Nº11 (Subir)
INFORMACION E INVESTIGACION
Se implementarán medios y estructuras adecuadas para reunir y difundir información y documentación pertinentes sobre el deporte a los niveles nacionales e internacionales.
Se impulsará la investigación científica en todos los temas que se refieran al deporte.
Se tomarán medidas para asegurar la difusión y el intercambio de informaciones y resultados de investigaciones.
ARTICULO Nº12 (Subir)
COOPERACION NACIONAL E INTERNACIONAL
Se promoverá la creación de estructuras necesarias para la coordinación, intercambio y promoción del deporte entre las administraciones y organismos vinculados al deporte.
Los Gobiernos comprometerán su participación institucional, de manera tal que la cooperación, en el campo del Deporte Iberoamericano, sea permanente y efectiva.
Santiago de chile, 12 de enero de 1996
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